Comunidad de
Propietarios Eurovillas VI
Residencial Nuevo
Principado.
Mucho
antes de que empezasen el ahorro y los recortes en los servicios municipales,
para salir de la crisis, el Ayuntamiento de Los Alcázares aplicaba un sistema
recaudatorio que le permitía simplificar
las gestiones de cobro del IBI
en los garajes comunitarios y eliminar impagados. Así continúa. El ahorro
administrativo y la eficacia en el cobro se consiguen librando un solo recibo
por este tributo directo de carácter real, siendo el sujeto pasivo la Comunidad de
Propietarios del Garaje, en vez de todos y cada uno de los propietarios de las
diferentes plazas de aparcamiento.
Una
vez emitido y presentado el recibo a cargo de la Comunidad de
Propietarios, cuya estructura funcional suele consistir en el Presidente y, en
su caso, el Administrador, la entidad financiera domiciliataria pone los fondos
a disposición del Ayuntamiento, que ya no tiene que realizar más
gestiones. Es la Comunidad la que tiene
que hacer los prorrateos e imputar a cada comunero su parte correspondiente. Si
alguien no paga, su parte del IBI del garaje la soporta el fondo comunitario,
es decir, los demás comuneros, hasta que fructifiquen las gestiones que suelen
emplearse para cobrar las cuotas atrasadas. Si hay crisis y aumentan las cuotas
impagadas, el problema es de la
Comunidad de Propietarios, nunca del responsable de la
gestión tributaria: el Ayuntamiento.
Si
un comunero del garaje quiere pagar el recibo de IBI correspondiente a su plaza
de aparcamiento (solo la suya) mediante domiciliación bancaria, sirviéndose del
formulario establecido por la Gerencia Regional del Catastro, se encuentra con
un problema: no dispone de referencia
catastral propia. Si anota la que figura en el recibo del garaje, la
imputación fiscal será la correspondiente al valor catastral del conjunto: todo el garaje. Si quiere
“independizarse” necesita la conformidad expresa de todos los comuneros, incluidos
los morosos. Y está claro que quien debe y no paga, nunca estará conforme,
porque prefiere tener como acreedor a la Comunidad , en vez de a la Administración
(recargo, apremio, etc.). Es lo que hay.
Este
tema da para más (continuará).
No hay comentarios:
Publicar un comentario