sábado, 22 de agosto de 2009

El delegado del Gobierno representará a la Región de Murcia en la Comisión Interministerial de medidas urgentes


Delegación del Gobierno en Murcia
Para paliar los daños ocasionados por las tormentas de este verano
El delegado del Gobierno se ha reunido con los representantes de las organizaciones agrarias para conocer su valoración de primera mano y coordinar actuaciones
El Real Decreto de medidas urgentes para paliar los daños producidos por catástrofes naturales incluye expresamente a la Región de Murcia
Se ha solicitado a la consejería de Agricultura y Agua la remisión urgente de valoración de daños por tipo de cultivo, indicación de municipios y parajes
El delegado del Gobierno en Murcia, Rafael González Tovar, ha mantenido esta mañana con los representantes de las organizaciones y sindicatos agrarios, COAG-ir, UPA, ASAJA y FECOAM, con el fin de conocer de primera mano su valoración sobre la incidencia de las tormentas acontecidas este verano en la región y los daños ocasionados en las cosechas y cultivos, y coordinar las actuaciones a que hubiera lugar para recibir las ayudas pertinentes.
En el desarrollo de la reunión se ha analizado el Real Decreto Ley 12/2009 publicado el pasado 15 de agosto, por el que El Gobierno de España aprobó medidas urgentes para paliar los daños producidos por los incendios forestales y otras catástrofes naturales ocurridos en varias Comunidades Autónomas.
Dicho Real Decreto extiende concretamente su ámbito de actuación a la Región de Murcia como una de las Comunidades Autónomas afectadas por tormentas acompañadas de vientos y granizo que, con fuerza inusitada, han destruido cosechas y cultivos.
En esta norma se prevé un régimen de ayudas específicas, así como la adopción de un conjunto de medidas paliativas y compensatorias dirigidas a reparar los daños ocasionados por las tormentas y la rápida recuperación de las zonas afectadas.
Las medidas aprobadas afectan a diversos departamentos ministeriales y abarcan aspectos muy diferentes, desde las que se dirigen a disminuir cargas tributarias hasta las que prevén la concesión de créditos en óptimas condiciones para intentar paliar el impacto que estos hechos han tenido en las empresas.
En este sentido González Tovar ha destacado que “el Gobierno ha reaccionado con rapidez con medidas extraordinarias con el fin de hacer efectivo cuanto antes el principio constitucional de solidaridad y por aplicación de los de equidad e igualdad de trato en relación con situaciones precedentes que se han podido dar por diversas causas y en distintos puntos de España en otras ocasiones”.
Ayudas a producciones agrícolas y ganaderas
El Real Decreto prevé indemnizaciones a los titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas que, teniendo pólizas en vigor amparadas por el correspondiente Plan de seguros agrarios combinados hayan sufrido pérdidas superiores al 30 por ciento de su producción. También aquellas serán extensibles para las que en las fechas del siniestro no se hubiera iniciado el periodo de contratación del correspondiente seguro, siempre y cuando se hubiese contratado en la campaña anterior.
Para la determinación de la indemnización de las producciones agrícolas se valorarán las pérdidas registradas sobre la producción esperada en la campaña. En el caso de producciones agrícolas leñosas, como es el caso de muchos frutales de la Regiòn, se tendrá en cuenta, además, una compensación equivalente al coste de reposición de las plantaciones afectadas y la posible repercusión que pudiera originarse en la cosecha de las próximas campañas.
Además de las indemnizaciones, el Real decreto también incorpora beneficios fiscales , como pueden ser reducciones en el índice de rendimiento neto en lo que respecta a la estimación del IRPF o del IVA; así como medidas laborales y de Seguridad Social en el caso de que se produjeran Expedientes de Regulación de Empleo debidamente justificados y asociados a los daños valorados.
Asimismo, se ha instruido al ICO la apertura de una línea de préstamos por importe de 25 millones de euros, que podrá ser ampliada por el Ministerio de Economía y Hacienda en función de la evaluación de los daños y la demanda consiguiente.
Esta línea de crédito tiene como finalidad financiar la reposición o reparación de instalaciones y equipos agrícolas, ganaderos, de regadío, etc., que se hayan visto dañados como consecuencia de los siniestros. Dispondrán de cinco año de plazo para su devolución y su interés será entre el 1,50 y el 2%% TAE como máximo, pudiéndose solicitar a la entidad de crédito con la que el Gobierno establezca convenios hasta el 31 de diciembre de 2009.
Comisión Interministerial
El delegado del Gobierno también ha informado a los representantes de los agricultores que al amparo del Real Decreto aprobado se ha creado una “Comisión Interministerial de seguimiento de las medidas de apoyo a damnificados” en la que además de los distintos ministerios, las Comunidades Autónomas estarán representadas por la figura del delegado del Gobierno.
En este sentido, y dado que está prevista una reunión a principios de septiembre, González Tovar, además de expresar su voluntad de mantener una total coordinación con los representantes de los agricultores, ha informado que se ha dirigido al consejero de Agricultura y Agua de la Región de Murcia, Antonio Cerdá, para que con la mayor urgencia posible se comunique a la Delegación del Gobierno los términos municipales y parajes afectados por las tormentas, así como la valoración de los daños materiales y por tipo de cultivo con indicación del lugar y extensión, con el fin de trasladar dicha información con la mayor brevedad a la Dirección de Protección Civil y Emergencias del Ministerio del Interior.
Derogación de la “Declaración de zona catastrófica”
En el desarrollo de la reunión, el delegado del Gobierno ha informado a las organizaciones agrarias que el Gobierno de España realizó en 2007 modificaciones normativas para mejorar y agilizar las actuaciones administrativas ante situaciones de emergencia.
En concreto, el Real Decreto 477/2007, de 13 de abril derogó expresamente el anterior RD 692/1981 por el que se establecían las medidas ante situaciones de emergencias o de naturaleza catastrófica. Con ello desapareció la figura llamada “declaración de zona catastrófica” y fue sustituida por la aprobación de decretos leyes específicos cuando sea preciso adoptar medidas extraordinarias, adaptándose a cada circunstancias y agilizando e incluso eliminando algunos de los trámites burocráticos de la anterior normativa.
Asistentes a la reunión:
En representación del Gobierno de España han participado: El Delegado del Gobierno en Murcia, Rafael González Tovar, el Director del Área de Agricultura y Pesca de la Delegación del Gobierno, Francisco Parrilla, y el Jefe de Protección Civil de la Delegación del Gobierno, Juan Llorente.
Por parte de las organizaciones agrarias han participado en esta reunión: Por parte de COAG-Murcia, su Secretario General Pedro Lencina, y Pedro García Albert. A esto se suma la participación del Secretario General de UPA, Marcos Alarcón, y Antonio Moreno Soriano, y por parte de FECOAM, su Secretario General, Santiago Martínez, y Manuel Soler Miras y Antonio Hernández. En representación de ASAJA, su Secretario General, Alfonso Gálvez y Fuensanta Caravaca.

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