Ayuntamiento de Los Alcázares
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región (TSJ) ha desestimado el recurso presentado por la empresa "Urbaser" contra la resolución de un Juzgado, que consideró procedente la rescisión del contrato de recogida de basuras acordada por el Ayuntamiento de Los Alcázares por deficiencias en el servicio.
El tribunal, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, indica que el Consistorio alcazareño, en su sesión plenaria del 23 de febrero de 2007, tomó el acuerdo de dar por finalizado el contrato de recogida de basuras y de ejecutar la fianza prestada por la empresa adjudicataria, que ascendía a más de 18.000 euros.
Según el acuerdo municipal, esta decisión se adoptaba por haberse detectado varios incumplimientos en la prestación del servicio y relativos a la falta de limpieza de contenedores, no reposición de los que se rompían y falta de higiene, entre otros.
En su recurso, la citada empresa rechazó estas críticas y expuso en su defensa que un año después de cancelar el contrato el Ayuntamiento le adjudicó de nuevo el servicio.
Asimismo expuso que la actitud municipal de rescindir el primer contrato y de incautar la fianza tenía como verdadera finalidad la de obtener una compensación con las cantidades que le adeudaba, que superaban la cifra de un millón de euros.
Al rechazar el recurso, la Sala afirma que "es irrelevante a los efectos aquí estudiados que en el nuevo concurso convocado por el Ayuntamiento se admitiera como licitadora a esta empresa o que al final se le adjudicara el contrato".
La sentencia, que impone a "Urbaser" el pago de las costas del recurso, concluye que "la reiteración de los incumplimientos afectan al objeto del contrato, y, aunque no se diga de forma expresa en los acuerdos recurridos, pueden ser calificados como culpables, lo que supone que tanto la resolución del mismo como la incautación de la garantía en concepto de daños y perjuicios sean correctas".
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región (TSJ) ha desestimado el recurso presentado por la empresa "Urbaser" contra la resolución de un Juzgado, que consideró procedente la rescisión del contrato de recogida de basuras acordada por el Ayuntamiento de Los Alcázares por deficiencias en el servicio.
El tribunal, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, indica que el Consistorio alcazareño, en su sesión plenaria del 23 de febrero de 2007, tomó el acuerdo de dar por finalizado el contrato de recogida de basuras y de ejecutar la fianza prestada por la empresa adjudicataria, que ascendía a más de 18.000 euros.
Según el acuerdo municipal, esta decisión se adoptaba por haberse detectado varios incumplimientos en la prestación del servicio y relativos a la falta de limpieza de contenedores, no reposición de los que se rompían y falta de higiene, entre otros.
En su recurso, la citada empresa rechazó estas críticas y expuso en su defensa que un año después de cancelar el contrato el Ayuntamiento le adjudicó de nuevo el servicio.
Asimismo expuso que la actitud municipal de rescindir el primer contrato y de incautar la fianza tenía como verdadera finalidad la de obtener una compensación con las cantidades que le adeudaba, que superaban la cifra de un millón de euros.
Al rechazar el recurso, la Sala afirma que "es irrelevante a los efectos aquí estudiados que en el nuevo concurso convocado por el Ayuntamiento se admitiera como licitadora a esta empresa o que al final se le adjudicara el contrato".
La sentencia, que impone a "Urbaser" el pago de las costas del recurso, concluye que "la reiteración de los incumplimientos afectan al objeto del contrato, y, aunque no se diga de forma expresa en los acuerdos recurridos, pueden ser calificados como culpables, lo que supone que tanto la resolución del mismo como la incautación de la garantía en concepto de daños y perjuicios sean correctas".
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