Morente. Eurovillas VI
Residencial Nuevo
Principado.
El 23/01/2013 se informó desde esta página: «El Ayuntamiento y la Dirección General
de la Vivienda rehúsan
intervenir de oficio ante una infracción constructiva» Poco después, el
11/02/2013, la Directora General
de la Vivienda
remitió un escrito a la
Comunidad de Propietarios Eurovillas VI informando que daba
por concluidas las actuaciones, sin haber ordenado la inspección del edificio. Al
parecer, la administración regional no da para este tipo de gestiones, algo
que, sin duda, se habría conseguido si las competencias en materia de vivienda
hubiesen correspondido al Ministerio de la Vivienda (Delegación Murcia), suprimido en
octubre de 2010, cuyas funciones corresponden ahora a la Secretaría de Vivienda
y Actuaciones Urbanas, a quien tiene previsto informar/recurrir esta Comunidad
de Propietarios.
La
distancia entre Murcia y Los Alcázares es muy corta, una visita es posible
realizarla en media jornada laboral, pero ha faltado voluntad de servicio a los
ciudadanos solicitantes, incluso después del escrito remitido por el Presidente
de la Comunidad
(Esc. 1) a la Directora General
manifestando, entre otras cosas, lo siguiente:
«El 30 de julio de 2012 (hace siete meses) le remití un
escrito en relación con el expediente de referencia, a través de la OCAG de Torre Pacheco, E010
nº 201200403611. Salvo error, no he recibido contestación, ni acuse de recibo.
Con fecha 11/02/2013 se
dirige usted a la
Administradora de la Comunidad de Propietarios dando respuesta a uno
de los hechos denunciados en el Expediente de referencia, concretamente la
construcción de diez plazas de garaje. No a todo lo denunciado. Solo a esa
posible infracción, veintisiete meses después de haberla puesto en su
conocimiento a través de V.U. Cieza, E 024 Nº 201000673944, 23 de noviembre de
2010.
En mi opinión, si se
hubiese inspeccionado el edificio al tiempo de producirse la denuncia, o en un
plazo razonable, más allá de consideraciones reglamentarias a distancia,
basadas en documentos y no en la realidad física del inmueble, posiblemente no
estaríamos sufriendo en este momento las consecuencias de unas obras mal
realizadas, que han provocado un grave incidente en perjuicio del garaje y los
usuarios, con riesgo de que vuelva a producirse en el futuro.
En nombre de los comuneros a los que represento,
y en el mío propio, lamento que esa Dirección General haya dado por concluidas
las actuaciones, decisión que trasladaré a los propietarios mediante carta
circular y/o en la próxima Junta, como continuación a lo informado en la Asamblea General
del 14/08/2012. En aquella ocasión los asistentes confiábamos en poder defender
nuestros derechos, mostrando físicamente a representantes de esa Dirección
General, punto por punto, todo lo denunciado […]»
Puede consultar a continuación los antecedentes de esta
noticia.
Miércoles, 23 de enero de 2013
LOS ALCÁZARES/ El
Ayuntamiento y la
Dirección General de la Vivienda rehúsan intervenir de oficio ante una
infracción constructiva.
Morente. Eurovillas VI
Residencial Nuevo Principado.
En el proyecto de construcción del edificio
Eurovillas VI (Calle Río Arangüín/Paseo
Río Nalón) figura una plaza de garaje
cerrada para personas con discapacidad que, una vez ocupado el edificio,
presentaba la imagen de la foto: una pared con puerta para personas (!). Está al lado de otra de mayores
dimensiones, condenada interiormente, con la rejilla de ventilación tapada, y
debajo de un restaurante del que alberga parte de sus instalaciones y con el
que se comunica verticalmente, mediante escalera a través del forjado Es decir, la suma de un cambio de uso (de garaje a local
comercial) con una infracción constructiva grave: demolición de un elemento común
estructural. El propietario (Ex-Concejal Delegado de Urbanismo) del local comercial y ambas plazas de
garaje, el promotor del edificio y el Ayuntamiento (entonces PSOE) no
atendieron las reclamaciones que la Comunidad de Propietarios les dirigió durante
tres años, basadas en la Ley
de la Propiedad
Horizontal y en la propia Licencia de Obras, que dice lo
siguiente:
«Será preceptiva la dotación de una plaza de aparcamiento por cada
vivienda. En ningún caso podrá alterarse
el uso de cuerpo edificatorio
destinado a este fin a otro uso que no sea el descrito. El incumplimiento
de esta obligación determinará la instrucción
de expediente de restablecimiento de la legalidad urbanística a fin de
poner término al uso incompatible con el planeamiento urbanístico y reponer los bienes afectados a su situación
inicial […]»
El 30/03/2009 la Comunidad de
Propietarios denunció los hechos ante el Negociado de Disciplina Urbanística de
la Dirección General
de Territorio y Vivienda, que les respondió el 30/09/2009 adjuntando un Informe
emitido por el Arquitecto Técnico Municipal, en el que se dice:
.
«En cuanto a lo también citado en el texto de este apartado de la
denuncia de la posible alteración de uso de dichas plazas se ha de manifestar
que no se ha podido comprobar dicho
cambio de uso, manifestándosele verbalmente al técnico que suscribe en el
momento de la inspección, por parte de los Denunciantes, que, al estar
determinadas plazas de aparcamiento cerradas, el cambio de uso se suponía (?)»
El 05/05/2010 (catorce
meses después de haberse presentado la denuncia) se produjo una visita de
inspección al edificio, sin previo aviso a los legales representantes de la Comunidad de
Propietarios, y se emitió un Informe que fue confirmado por el Jefe de
Servicio, ratificado por la Directora General y archivado. Entre otras cosas,
se informó de lo siguiente:
«No se ha podido inspeccionar interiormente las viviendas ni el sótano
por encontrarse cerradas y aunque se llamó a las viviendas de varias de las
personas que firman la denuncia no se obtuvo respuesta.[…] La zona del sótano
donde la denuncia indica que se ha realizado la comunicación entre la planta semisótano y la baja, en
planta baja hay una vivienda vista desde la fachada de la calle Río Araguren y
en su fachada opuesta aparece un local destinado a restaurante donde no se ha
encontrado dicha comunicación. No se ha podido identificar el local nº 12 ya
tienen distinta numeración».
Está claro que, quien dijo haber visitado el
edificio, se hizo un lío y no pidió ayuda. Por fas o por nefas la Administración deja
pasar el tiempo, junta palabras, escribe papeles, pero…de intervenir de oficio,
como es preceptivo, nada de nada. Eso si, la Dirección General
sugiere el concurso de los Órganos de la Jurisdicción Contencioso
Administrativa, para que la
Comunidad de Propietarios gaste tiempo y dinero.
Esta infracción constructiva viene consistiéndola la Administración
desde hace ocho años, cerrando los ojos ante lo que nunca ha sido una plaza de garaje y a la vista está. Tampoco se ha
conseguido nada desde que otro partido político (PP) gobierna en el municipio y
cuya seña de identidad más destacable es que no responde nada, ni habla con
nadie, que tenga relación con la
Comunidad de Propietarios Eurovillas VI.(http://lamangalosalcazares.blogspot.com.es/2012/10/los-alcazares-la-comunidad-de.html)
No hay peor sordo que el no quiere oír. Ante
semejante muestra de inoperancia cabe preguntarse ¿para qué sirven los Ayuntamientos? ¿Y las Direcciones Generales?
»
Para ver las fotografías mencionadas en el texto pinche o abra este enlace:
http://lamangalosalcazares.blogspot.com.es/2013/01/los-alcazares-el-ayuntamiento-y-la.html
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