Alexia Salas/ la Verdad
La Audiencia Provincial ha confirmado la condena a un exconcejal por una falta de «vejaciones injustas» a un funcionario municipal. El que fuera edil de Seguridad, David San Nicolás -actualmente también funcionario y fuera de la política- deberá pagar al trabajador 90 euros por la pena de quince días de multa con una cuota diaria de seis euros, que le impuso un juzgado de Cartagena, y que acaba de ratificar la Audiencia.
Los hechos denunciados por el técnico se remontan al 11 de septiembre de 2007, cuando el concejal dijo en el transcurso de un pleno que el funcionario «estaba en tratamiento mental». El denunciado trató de devaluar un informe emitido por el técnico haciendo público que éste recibía atención médica por su estado mental. El exedil recurrió la sentencia que lo absolvió del delito de descubrimiento y revelación de secretos, pero lo condenó por una falta de vejaciones injustas, aunque la Audiencia ha dado la razón al funcionario. El magistrado recoge como probado que el exedil realizó el comentario durante el Pleno.
«Al analizarse un informe emitido en calidad de técnico del Ayuntamiento por el técnico querellante, puso en duda su capacidad para emitirlo, expresando que tiene un decreto de disminución de carga por estar en tratamiento mental», reza la sentencia. En su recurso, el acusado alegó que «el tratamiento era conocido por él y por el resto de personal del Ayuntamiento». El exedil indicó que pidió disculpas varias veces y alegó que «lo dicho en el Pleno se debió a un error por la fatiga».
Para la Audiencia, en contra de lo señalado en el recurso, se produjo un daño moral al técnico municipal, ya que la noticia fue difundida en varias ocasiones por una televisión local, por lo que confirma la obligación de pagarle una indemnización al perjudicado.
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