lunes, 31 de enero de 2011

Decomisarán más de medio centenar de coches al año a conductores imprudentes

Los vehículos confiscados tras la reforma del Código Penal se subastarán o se utilizarán para colocar radares
31.01.11 - 00:50 - A. NEGRE | MURCIA/ la Verdad
Más de medio centenar de conductores imprudentes podrían perder su coche en la Región a raíz de la última reforma del Código Penal, en vigor desde el pasado 23 de diciembre. Con esta revisión, el automóvil pasa a considerarse «instrumento del delito» y, por tanto, puede ser confiscado. Por el momento, tras algo más de un mes desde la aplicación de la nueva norma, no se ha decomisado ningún vehículo en la Región. Sin embargo, según la estimación de la Fiscalía de Seguridad Vial, unos 64 murcianos podrían quedarse sin coche este año.
«Cuando se comete un homicidio, por ejemplo, se incauta el arma porque es el instrumento del delito. Con el coche a partir de ahora ocurrirá lo mismo», explica Pablo Lanzarote, fiscal de Tráfico de Murcia, que ya se ha puesto manos a la obra para concienciar a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado sobre la nueva norma. Una pauta que no será imperativa para el tribunal -será éste siempre el que decida aplicarla de forma optativa- y que, lógicamente, sólo se aplicará en determinados supuestos.
Hasta la fecha, el decomiso del vehículo sólo se podía practicar en aquellos casos en los que se entendía que existía una temeridad manifiesta y un concreto peligro para la vida o la integridad de las personas. Lanzarote explica que básicamente se reducía a casos de carreras ilegales o de 'kamikazes' (personas que conducen voluntariamente en dirección contraria).
La reforma penal ha abierto ahora la puerta para que esos decomisos se lleven a cabo también cuando un conductor sea sorprendido conduciendo a una velocidad «excesivamente alta» o con una tasa de alcohol que supere en mucho los niveles permitidos. Esta medida podrá ser aplicada, además, en los casos de conductores multireincidentes. Esto es, aquellos que ya acumulen tres o más sentencias por delitos de tráfico. «El hecho de que sumen muchas sentencias plasma una rebelión a la norma, una rebeldía», reflexiona el fiscal de tráfico. «Además, demuestra que las penas aplicadas en ocasiones anteriores han resultado ineficaces». Lanzarote explica que, en estos casos, los decomisos podrían sustituir a las penas de prisión.
Además de estos supuestos, a la Fiscalía de Seguridad Vial podrá interesar la incautación del vehículo en casos de homicidio o lesiones graves por imprudencia. Se consideran lesiones graves aquellas que dejan a la víctima privada de razón o sentido, aquellas en la que se le amputa un miembro o en las que se le produce algún tipo de deformidad.
El coche para la víctima
En los casos de homicidio o lesiones graves por imprudencia, el coche decomisado se podrá entregar a la víctima -o familiares de la misma- para que lo vendan o hagan con él lo que estimen oportuno. De este modo, se podrá satisfacer la responsabilidad civil en aquellos casos en los que la aseguradora del automovilista no esté obligada a asumirla.
«La finalidad es atender al resarcimiento de la víctima», comenta Pablo Lanzarote. En el resto de casos, explican desde la Fiscalía, los automóviles confiscados serán subastados -y el dinero irá a parar directamente a las arcas del Estado- o entregados a las jefaturas provinciales para «el control del tráfico». Lanzarote aclara que estos coches podrían ser utilizados para colocar radares de control de velocidad. Si el vehículo está deteriorado, se puede decidir su 'jubilación'.
Esta medida ha generado severas críticas en algunos clubs de automovilistas. En este sentido, Automovilistas Europeos Asociados (AEA) considera «desproporcionada» esta medida y asegura que, tal y como está redactado el Código Penal, «el decomiso no se ha contemplado como una medida excepcional, sino que debe aplicarse en todas las condenas por delitos contra la seguridad vial». Prevé que 50.000 automovilistas al año se quedarán sin coche en España.
En este sentido, esta asociación considera que hubiera sido más apropiado optar por el depósito: «Es una figura más adecuada para estos supuestos, ya que permite recuperar la posesión del vehículo una vez que el automovilista ha pagado su deuda con la sociedad».

LA CONSECUENCIA

50.000

conductores perderán su vehículo, según alerta Automovilistas Europeos Asociados.

LOS ENTRESIJOS DE LA REFORMA PENAL

¿Podrá Tráfico decomisar mi coche? Sí, la nueva reforma del Código Penal, que entró en vigor el pasado 23 de diciembre, permite que el juez imponga la medida de decomiso del vehículo para delitos contra la seguridad vial. Esta opción, sin embargo, no es un imperativo para el tribunal. Puede decidir aplicarla teniendo en cuenta que sea proporcional a la gravedad del hecho cometido.
¿En qué casos se tomará esta decisión?El decomiso del vehículo sólo se llevará a cabo en casos de conductores imprudentes reincidentes, carreras ilegales, homicidios o lesiones graves por imprudencia, o en supuestos extraordinariamente graves (por ejemplo, personas que circulen a velocidad muy alta o con una tasa de alcohol excesiva).
¿Cómo estaba la ley hasta la fecha? Antes de esta reforma penal, el juez sólo podía decomisar el vehículo en caso de conductas que reflejasen un desprecio hacia la vida de los demás, como carreras ilegales o conductores que circulasen en sentido contrario.
¿Cómo se considerará a los conductores imprudentes y reincidentes? La Fiscalía Especial de Seguridad Vial de la Región considerará conductores multireincidentes -y, por lo tanto, serán susceptibles de perder su vehículo- aquellos que acumulen 3 o más condenas por delitos contra seguridad vial. En estos casos, estas medidas podrían sustituir a la pena de prisión, al considerar que ésta no ha resultado efectiva para disuadir al conductor de su comportamiento.
¿Afectará a las personas que ya están en prisión por delitos contra la seguridad vial? No, esta medida no afectará a los 1.500 conductores que están actualmente presos en cárceles españolas por una infracción de tráfico como principal delito.
¿Y si el que conduce no es el propietario del vehículo? Si se da el caso de que el delito lo comete una persona que no es dueña del coche, en principio, se intervendrá de forma preventiva y se llamará al dueño para que haga sus alegaciones. Para devolverle el vehículo tendrá que demostrar buena fe y que el vehículo se ha adquirido de forma legal.
¿Se tendrá en cuenta la situación económica del conductor? El fiscal de Seguridad Vial, Bartolomé Vargas, asegura que también se tendrá en cuenta la situación económica del autor del delito de seguridad vial. Se valorará la situación económica de la persona que ha cometido el delito. De este modo, la propiedad de vehículos de alta gama se tendrá en cuenta como una señal de buena situación y de que se puede practicar el decomiso.
¿Cuántos automóviles se calcula que serán decomisados? La Fiscalía de Seguridad Vial prevé que en los próximos meses se decomisen, al menos, 2.000 vehículos en todo el país. Según esta estimación, en la Región podrían confiscarse unos 64 vehículos anuales.
¿Qué se planea hacer con los coches confiscados? Una vez decomisados, los coches serán subastados - y el dinero irá a parar a las arcas del Estado- o entregados a las jefaturas provinciales de tráfico al objeto de que los utilicen, por ejemplo, para colocar radares de control de velocidad. En caso de homicidios o lesiones graves por imprudencia, el vehículo podría entregarse a la víctima o su familia en concepto de responsabilidad civil.
¿Qué se busca con esta medida? Uno de los objetivos de esta medida es reducir en el futuro el número de personas que ingresen en prisión por delitos relacionados con la seguridad vial. Otro de los fines que persigue es el resarcimiento de los daños causados a las víctimas. Por último, trata de concienciar al conductor sobre los 'peligros' que entraña la conducción imprudente.
¿Qué otras medidas relativas al tráfico incluye la reforma penal? Con los cambios que recoge la reforma penal, se equipara la pena de los delitos contra la seguridad vial del artículo 379 y 384 y se elimina la actual disyuntiva entre la pena de prisión y la de multa y trabajos en beneficio de la comunidad, estableciéndose las tres como alternativas.

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